No todos los autónomos tienen la obligación de hacer la declaración de la Renta, y en algunos casos pueden ahorrarse tener que realizar este trámite
A partir del próximo 11 de abril, se abre el plazo para que los contribuyentes españoles hagan su declaración de la Renta, correspondiente a los ingresos e impuestos del ejercicio 2022. Herramientas como Renta Web Open, que la Agencia Tributaria pone a disposición de los ciudadanos, facilitan este trámite que puede ser un poco engorroso para algunos. Lo bueno es que, por lo general, Hacienda devuelve parte de los impuestos pagados, aunque en algunos casos es al contrario y hay que pagar alguna cantidad, dependiendo de varios factores.
En cualquier caso, no todo el mundo está obligado a realizar la declaración de la Renta, y hay algunas excepciones. En el caso de los autónomos, no todos tienen que pasar por este trámite, y dependiendo de las circunstancias hay algunos que se lo pueden ahorrar, evitando así las preocupaciones y el gasto de tiempo que les pueda suponer.
¿Quién está obligado a hacer la declaración de la renta 2022-2023?
Qué autónomos tienen que presentar la declaración
La Agencia Tributaria establece que los autónomos que están obligados a hacer la declaración de la Renta son los que hayan obtenido un rendimiento neto de como mínimo 1.000 euros durante el ejercicio 2022. Los rendimientos netos de un autónomo son los beneficios que haya obtenido a lo largo del año, descontando los gastos deducibles.
Aunque hay muchos autónomos que declaran menos de 1.000 euros de beneficio al mes, pocos de los que están dados de alta ganan menos de esa cantidad a lo largo de todo un año, por lo que en la práctica la mayoría de autónomos van a tener que hacer la declaración de la Renta.
Deben presentar la declaración excepto si el rendimiento neto es inferior a mil euros
En cualquier caso, este será el último año en el que algunos autónomos se libren de hacerla. Y es que, a partir de 2024, todos los autónomos estarán obligados a presentar la declaración de la Renta, independientemente de su rendimiento neto. Será una de las novedades para los autónomos, cuya cuota ya empieza a calcularse en función de sus ingresos.
Otra de las novedades a tener en cuenta es que desde este año los autónomos pueden solicitar el cese de actividad parcial, que permite percibir una prestación del 50% de la base reguladora si se cumplen ciertas condiciones.
Fuente: elconfidencial.com