Los autónomos pueden deducirse sus gastos de telefonía siempre y cuando estén directamente relacionados con su actividad. Depende también del tipo de línea telefónica que sea.
La deducción de los gastos de telefonía es una de las principales luchas que los autónomos mantienen con Hacienda. Se trata de un coste que encabeza la lista de los más difíciles de justificar para el colectivo, ya que, normalmente, la Administración suele cuestionar este tipo de costes alegando que es casi imposible probar que se ha utilizado única y exclusivamente para el desarrollo de la actividad. No obstante, que sea difícil no quiere decir que sea imposible. Los autónomos pueden deducirse sus gastos de telefonía, pero con matices.
Estos matices hacen referencia única y exclusivamente al tipo de línea telefónica que utilice el profesional en su negocio. Por tanto, y según los expertos, «siempre es más fácil deducirse los gastos de los teléfonos fijos que los trabajadores por cuenta propia tengan en sus negocios». Aunque también es posible deducirse aquellas líneas móviles, pero sólo si pueden demostrar que están única y exclusivamente relacionadas con la actividad.
El criterio de que el desembolso deba pertenecer al trabajo de los autónomos se aplica de igual forma para IVA como para IRPF. En ambos casos, “los empresarios o profesionales no podrán deducir las cuotas soportadas o satisfechas por las adquisiciones o importaciones de bienes o servicios que no afecten, directa y exclusivamente, a su actividad empresarial o profesión”. El problema viene a la hora de discernir lo que de verdad está directamente relacionado con la actividad del autónomo y lo que se puede justificar como tal.
Cómo se deducen los gastos de un teléfono fijo
Para deducir este tipo de líneas hay una clave fundamental: tiene que ser la línea de la oficina o establecimiento del autónomo.Por ejemplo, un taller que tiene teléfono fijo para contactar con proveedores y anotar las citas de sus clientes. Justificar que esta línea está vinculada con la actividad es relativamente sencillo: la utiliza para cuestiones importantes de su negocio, tales como la relación con proveedores y clientes y, además, lo puede justificar ya que es el teléfono de su lugar de trabajo y es fácil que aparezca en Internet como número de contacto de dicho establecimiento.
¿Y si el autónomo trabaja desde su casa?. En este caso, si el teléfono fijo que se intenta deducir el profesional es el de su propio domicilio porque es allí donde desarrolla su trabajo, habría que recurrir a la Ley de Reformas del Trabajo autónomo de 2018. En esta Ley se introdujo la posibilidad de que el autónomo se deduzca los gastos relacionados con su vivienda, cuando ésta también sea el lugar en el que desarrolla su actividad. Eso sí, siempre y cuando cumpla con los siguientes requisitos: que sea comprada y no alquilada -en casos de arrendamiento, la deducción no sale a cuenta-, y que haya declarado cuántos metros están dedicados al trabajo, a través del Modelo 036.
Siendo así, los profesionales podrán deducirse como gasto los suministros de dicha vivienda, tales como agua, gas, electricidad, teléfono e Internet. Eso sí, en el porcentaje resultante de aplicar el 30% a la proporción -en metros cuadrados- de espacio que se dedica al desarrollo de la actividad por cuenta propia.
¿Y deducir los gastos de un teléfono móvil?
Por más que un autónomo utilice su línea móvil para hablar con clientes y proveedores, lo más normal es que la use también para otras muchas cosas sin relación con su actividad. Así que, en el caso de las líneas móviles, casi siempre, el autónomo se encontrará ante un gasto difícilmente justificable.
Los expertos del despacho Ático Jurídico explicaron el caso a través de la consulta vinculante V2731-18 de la Dirección General de Tributos (DGT), en la que un autónomo le planteaba a la Agencia Tributaria la posibilidad de deducirse la factura de la línea móvil. La DGT resolvió que si la línea telefónica se utiliza exclusivamente para la actividad, su gasto será deducible de los ingresos de la actividad. Pero si también se usa para fines particulares, no podrá deducirse gasto alguno.
Por lo tanto, el único supuesto en el que la Agencia Tributaria no suele poner pegas es cuando el trabajador por cuenta propia tiene dos líneas: una personal y otra profesional. En este último caso, el Fisco aceptaría la deducción, eso sí, siempre y cuando en la factura de la compañía aparezcan separados los importes de la línea personal de los de la profesional.
Las dos líneas deberán aparecer separadas en la factura
No es la primera vez que la Agencia Tributaria se encuentra con el caso de un autónomo que utiliza el móvil para su actividad. Como quiere deducirse el gasto, contrata dos líneas diferentes: una para las llamadas relacionadas con su negocio y otra para asuntos personales.
El problema llega cuando, a final de mes, la compañía le emite una factura conjunta. A pesar de tener dos líneas móviles, como la segunda está asociada a la principal, ambas aparecen en una única factura, con un único importe. Ante esto, «la DGT, en su consulta V1171-18 resolvió que para que el autónomo pueda deducir el gasto de la línea móvil utilizada exclusivamente en la actividad, tendrá que desglosar de la factura total la parte de la misma que corresponda a dicha línea«, explicaron los abogados fiscales del despacho Ático Jurídico.
Fuente: autonomosyemprendedores.es